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La Justicia tumba otro intento de la izquierda de acabar con Ayuso y su familia

El Juzgado de Instrucción ha archivado una querella contra la familia de la presidenta regional por "alzamiento de bienes" por Avalmadrid.

Isabel Díaz Ayuso

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A. J.

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Los intentos de la izquierda de acabar con Isabel Díaz Ayuso por la vía judicial siguen cayendo en saco roto. Ahora, el Juzgado de Instrucción número 33 de Madrid ha archivado la querella presentada por la Asociación Libre de Abogadas y Abogados contra la familia de la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, por un presunto delito de alzamiento de bienes vinculado al préstamo de 400.000 euros concedido por Avalmadrid a la empresa MC Infortécnica, participada por ellos.

Así figura en el fallo fechado el 18 de julio, en el que apunta a que los hechos relativos al hermano, Tomás Díaz Ayuso, habrían prescrito, ya que habrían tenido lugar en 2011 y tendrían un tiempo de vigencia de diez años. También se apoyan en el archivo de una "causa idéntica" contra Isabel Díaz Ayuso interpuesta en el Tribunal Supremo, instancia que la puede juzgar por su condición de aforada.

Se trata, según el recurso de apelación de la Asociación, al que ha tenido acceso Europa Press, de las donaciones de las propiedades de los padres de la presidenta a sus hijos que sostienen que se realizaron tras obtener la líder madrileña una "ingente información privilegiada".

Desde los querellantes sostienen que el Juzgado no está teniendo en cuenta que durante la pandemia se suspendieron por Decreto Ley los plazos de prescripción en marzo y se reanudaron el 5 de junio, por lo que la prescripción de los hechos habría llegado el 29 de diciembre de 2021 y la querella se interpuso el 23 de diciembre, por lo que estarían en plazo.

Sin embargo, el juez ha dado carpetazo al asunto pues considera que "al presente caso le sería de aplicación, como el Ministerio Fiscal informa, el más largo plazo prescriptivo de posible aplicación al delito imputado, de 10 años, el cual ya está notablemente sobrepasado al tiempo de presentación de la querella, lo que produce efectos extintivos de la responsabilidad penal y hace innecesario el examen de la competencia territorial por razón de la ubicación del bien", recoge el auto de archivo, dictado por el juez Tomás Martín.

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